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Cómo recuperar una deuda con la ayuda de IDHPlatform

Los pacientes morosos son una complicación en el sistema

Recurar deura idh

La recuperación de deudas por facturas impagadas es más sencilla con el sistema de IDHPlatform. El cobro de deudas con la ayuda de nuestros profesionales es más sencillo que con un proceso judicial. Es más, la reclamación de impagados conforme a la ley es posible con la colaboración entre nosotros y nuestra comunidad sanitaria. La confianza que depositamos en nuestro procedimiento se demuestra en que solo facturamos el 10 % si recuperamos la deuda de tu paciente moroso. Si no recuperamos tu deuda, introduciremos a tu paciente moroso en nuestro Fichero de morosos (Fichero IDH) para avisar al resto de nuestros compañeros de su insolvencia.

Hay ocasiones en las que ciertos asuntos no se pueden prevenir, pero también está en nuestras manos poner remedios para no cometer los mismos errores en ocasiones futuras. Si has identificado a un paciente moroso nuevo, añádelo al Fichero IDH y evita que vuelva a defraudar a tu clínica o a otro centro sanitario privado.

La colaboración entre centros es clave para mejorar la sanidad privada. Un paciente insolvente que aparezca en nuestro fichero de morosos lo tendrá difícil para conseguir atención privada en otros centros, asimismo en entidades financieras y de crédito. Nosotros solo te facturamos el 10 % de la deuda una vez recuperada.

¿Cómo cobrar una deuda de un paciente moroso?

Los procesos de IDHPlatform son intuitivos y conforme a ley:

  1. Una vez iniciada sesión con tu usuario, haz clic en «Añadir paciente moroso».
  2. Añade los datos del cliente moroso y la deuda.
  3. Adjunta alguna prueba de morosidad. Se trata de cualquier documento que demuestre que el paciente ha estado en tu clínica, como un presupuesto firmado, una historia clínica firmada, la protección de datos firmada, etcétera.
  4. IDHPlatform revisa que los documentos adjuntados respaldan la deuda contraída.
  5. IDHPlatform te enviará por correo electrónico la carta que también remitirá al cliente moroso por correo certificado. Esta primera carta notifica al paciente moroso de su posible inclusión en el fichero de morosidad sanitario privado nacional de IDH si no abona la deuda.
  6. Si tras 15 días no hay resultado, IDHPlatform enviará una segunda carta de notificación de inclusión en el fichero de incumplimiento de obligaciones dinerarias IDH. Entonces, todo centro sanitario inscrito en IDHPlatform, tendrá acceso a la deuda del cliente insolvente

Consulta las FAQ para más información

Para más información, visita nuestra sección de preguntas frecuentes. Recuerda que puedes ponerte en contacto con nosotros para resolver cualquier duda. Estamos a tu disposición.

Para eliminar una deuda que ha introducido en el Fichero IDH y que ha sido cancelada con su centro sanitario/clínica privado/a deberá acceder a su panel de usuario, deberá hacer click en la pestaña de pacientes morosos y eliminar la deuda en el icono de la papelera correspondiente a la deuda del paciente moroso que ha sido cancelada. Otro modo de eliminar la deuda del Fichero IDH es escribiendo un e-mail a derechosdeudor@idhplatform.com indicándonos el número de deuda/expediente que desea eliminar. Cuando se elimina la deuda del Fichero IDH, dejará de ser visible para el resto de miembros de IDHPLATFORM y no podrá ser consultada. Los datos de la deuda se mantendrán durante 5 años registrados en el Fichero IDH (Ley de Protección de Datos).
Sabrá que su paciente ha sido informado de su inclusión ya que podrá visualizar en su panel de usuario el número de seguimiento de las cartas certificadas que han sido enviadas por IDHPLATFORM a su paciente moroso. El número de carta certificada enviada a su paciente moroso queda registrado en su panel de usuario para que pueda consultarlo. Las cartas certificas constan de carácter legal para futuros requerimientos judiciales de la deuda.
El acceso al Fichero IDH (identificación de Pacientes Morosos) permite tener una imagen de la situación del individuo ante su comportamiento de pago, proporcionando a los miembros del grupo IDHPLATFORM una herramienta que le ayude a decidir sobre como actuar ante dicha información. El Fichero de IDH está regulado por Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (L.O.P.D.G.D.D.) relativa a la Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de Derecho Digitales.
IDHPLATFORM tiene 2 objetivos:
  1. Recuperar su deuda ya que IDHPLATFORM informará al paciente moroso de su inclusión en el Fichero de incumplimiento de obligaciones dinerarias IDH con las consecuencias que ello conlleva.
  2. Minimizar su riesgo de deudas ya que tendrá acceso a consultar el estado de morosidad de su paciente desde su primera visita.
El Fichero IDH, con carácter nacional, es consultado además de por los centros sanitarios/clínicas privados/as a nivel nacional, por entidades financieras y de crédito. La publicación de datos en este fichero afectará de forma relevante a la reputación financiera de su paciente moroso, creándole dificultades a la hora de solicitar créditos, financiaciones, operaciones de pago aplazado, etc.
El Fichero IDH tiene una doble función: por un lado, asegura que ante un impago el deudor pueda ser incluido en el Fichero IDH, lo que facilita la intención de pago; por otro, permite conocer la situación de incumplimiento dinerario con todo el mercado de centros sanitarios privados.
IDHPLATFORM sirve de mecanismo de información y prevención de impagos. Las empresas, autónomos y entidades bancarias consultan el fichero cuando le solicitan un crédito, o una financiación, o cuando pretendan celebrar un negocio o cualquier otra operación que entrañe un riesgo económico, con la finalidad de comprobar si está al corriente en operaciones similares con otras entidades o profesionales.
Son aquellos que recogen, sin el consentimiento de su titular, datos de carácter personal relativos al cumplimiento o incumplimiento de sus obligaciones dinerarias y que han sido facilitados por el acreedor, estos son los coloquialmente conocidos como «Registro de morosos». Se encuentran regulados en el Art.29.2 Ley Orgánica de Protección de Datos y su finalidad es registrar los impagos que mantenga una determinada empresa, profesional o particular
Sí, el fichero de morosidad IDH es 100% legal. La primera pregunta que se hace un ciudadano es saber si realmente son lícitos y legales los registros de morosos. La respuesta es un rotundo sí puesto que el Tribunal Constitucional ha considerado que los datos económicos y bancarios de una persona forman parte de la esfera de su intimidad, si bien no existe un derecho absoluto a su reserva, y su protección no es ilimitada. En particular, los registros de morosidad (oficialmente denominados registros de solvencia patrimonial) en los que se recogen datos relativos a la solvencia de las personas, son legítimos y cumplen una finalidad en el tráfico económico, tal y como afirmó el Tribunal de Defensa de la Competencia. IDHPLATFORM cumple con la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/ 1999, de 13 de Diciembre y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Uno de los beneficios de utilizar una lista de morosos, como la de IDH, es justamente el conocer si el paciente al que estamos a punto de tratar, tiene deudas. Quizá, este concepto tan simple sea justamente el que nos proporcione información fiable sobre si en el futuro, el paciente realizará sus pagos de forma puntual. Si una persona está inscrita en el registro de morosidad IDH, es más probable que vuelva a no pagar tratamientos que se realice en otras clínicas o centros de otras especialidades relacionadas con la salud. Los impagos en una clínica privada generan, sin lugar a dudas, una situación compleja en la que deberán intervenir abogados y la justicia. Esto puede acarrear para el centro sanitario un largo y desagradable recorrido que le quita tiempo y energía.

La mayoría de personas queremos pensar que los demás no dejarán de cumplir su palabra, o en este caso, abonar sus tratamientos al finalizarlos. Esto hace que muy pocos se interesen en saber si alguien está en una lista de morosos. Pero la realidad nos demuestra lo contrario. Por lo tanto, saber realmente el tipo de paciente con el que llegamos a un acuerdo debe convertirse en uno de los requisitos a la hora de realizar nuestros tratamientos.

Con todo lo anterior dicho, los registros de morosos no deben darte miedo, ya que es una forma simple y rápida de considerar y de tener más información sobre el paciente.

Es importante que conozca a su paciente y le realice sus tratamientos con tranquilidad.

Uno de los principales problemas que podemos encontrar en el momento de tratar a nuestros pacientes, es comenzar a tratarles sin saber el perfil de morosidad de nuestro futuro paciente. Y no es una cuestión irrelevante. La importancia que tiene este aspecto es total a la hora de nuestro trabajo, ya que puede poner en serios apuros nuestra inversión. 

En los últimos años se ha ido generando una gran alarma en este sentido, y a la fecha, los ficheros de morosos nos demuestran que existen personas que no pagan en el momento establecido o acordado. Por lo tanto no es un hecho que hay que ignorar, más aún, cuando es considerado como un problema que sigue vigente y que las estadísticas indican que va en aumento.

La titularidad del fichero IDH lo ostenta la mercantil “Identificación de Pacientes Morosos S.L.” con CIF B01786532, inscrita en el Registro mercantil de Madrid al Tomo 1500, Folio 51, Hoja GR-43538, 1ª.
El Fichero IDH tiene una eficacia del 92%* en el recobro, un índice superior a la media, este porcentaje va incrementando exponencialmente a medida que IDHPLATFORM se hace más conocido.
El fichero de morosidad IDH es abierto y gratuito, por lo que cualquier centro sanitario privado o clínica privada podrá consultar la información de las deudas publicadas (en ningún caso se proporciona información sobre el usuario).

Asimismo, es consultado regularmente por bancos y entidades financieras para elaborar informes de solvencia, y en su caso, denegar créditos o aumentar su tipo de interés.

De esta manera, se provoca un presión social y financiera sobre el deudor hasta que pague la deuda.
Según la actual legislación sobre protección de datos, para poder incluir una deuda en un fichero de morosidad debe reunir las características de tratarse de una deuda líquida, vencida, exigible y contar con una antigüedad inferior a cinco años desde su vencimiento. El hecho de ser una deuda líquida implica que la misma esté perfectamente calculada y se presente con una suma concreta y justificable. Que esté vencida supone que haya transcurrido el plazo máximo para su cumplimiento sin que éste haya tenido lugar. Por último, el hecho de ser exigible significa que no concurre ninguna circunstancia que impida que, siendo la deuda líquida y vencida, pueda ser reclamada (como por ejemplo que exista en curso un procedimiento judicial, administrativo o de arbitraje, en el que haya oposición a la reclamación; se esté tramitando un concurso de acreedores respecto del deudor; etc.). Respecto al plazo de cinco años, es un período que afecta, en consecuencia, el tiempo que el fichero puede tener publicada la deuda. IDHPLATFORM eliminará la deuda una vez cumplido el plazo de 5 años.
NO, IDHPLATFORM tiene por objeto principal la creación de un fichero multisectorial con información aportada por los acreedores (o por quienes actúen por su cuenta o interés,) relativo a la morosidad de personas dentro del ámbito de la sanidad privada, sin importar la especialidad en la que se haya generado la deuda.

Sí, siempre que se mantenga con el acreedor ( en este caso, centro sanitario privado) una deuda dineraria no inferior a 50€, cierta, actualizada y con un vencimiento inferior a los 5 años que, llegado el cumplimiento de la obligación, no haya sido abonada y pueda acreditarla documentalmente, de manera que la persona física deudora no vea injustamente afectado su derecho al honor y propia imagen.

Se podrán incluir en el fichero cualquier persona física (particulares y/o autónomos) y personas jurídicas (empresas e instituciones) que mantenga una deuda dineraria, cierta, vencida, exigible y reconocida, siempre que no hayan pasado 5 años desde el vencimiento de la obligación y que el importe adeudado no sea inferior a 50€.

Por personas jurídicas entendemos aquella organización o grupo de personas físicas a la que la ley reconoce personalidad independiente y diferenciada de la de cada uno de sus miembros o componentes. Se pueden constituir como corporaciones (sociedades o fundaciones) y como fundaciones, y pueden ser de Derecho público o de Derecho privado.

Por persona físicas, se entenderá a los particulares con deudas generadas en su esfera privada. También se incluyen a los autónomos o comerciantes individuales.

Sí, las deudas dinerarias que ya estén recogidas en sentencia o resolución firme pueden ser incluidas en el fichero. En multitud de ocasiones los acreedores finalizan un tortuoso y largo procedimiento judicial, con los gastos que conlleva, y no logran cobrar la deuda. Para estos casos IDHPLATFORM te permite reclamar la deuda declarada en sentencia a través del fichero de morosidad, aumentando las posibilidades de recobro. Ten en cuenta que la resolución judicial es un hecho que tal vez al deudor no le importa incumplir. En cambio, si la existencia de esa deuda le afecta para volver a suscribir un contrato con un tercero o le puede crear problemas a la hora de solicitar créditos, financiaciones y operaciones con pago aplazado, seguramente le interese pagarla.

Es necesario que no hayan transcurrido 5 años desde la fecha en que hubo de procederse al pago de la deuda o del vencimiento de la obligación o del plazo concreto si aquélla fuera de vencimiento periódico (LOPD, de acuerdo con el art. 20).

Si una deuda que ya está incluida en el fichero cumple 5 años desde el vencimiento de esta, automáticamente, se da de baja del fichero.

A diferencia de los ficheros de morosidad que existentes en nuestro país, IDH es el primer fichero abierto al sector sanitario privado. Cualquier centro sanitario privado y/o clínica privada puede reclamar los impagos que tengan con otras empresas, autónomos y particulares, teniendo en cuenta que hay una serie de requisitos que deben existir para poder incluir una deuda en un fichero de morosidad.